jueves, mayo 22, 2025

Facundo Manes fue aceptado como querellante y se reanuda la investigación contra Santiago Caputo

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Después de que la Cámara Federal porteña anuló el archivo de la causa por la denuncia por amenazas coactivas que formuló Facundo Manes contra Santiago Caputo, la jueza María Eugenia Capuchetti aceptó al Diputado radical como parte querellante. De esta manera, se reanuda la investigación.

Antes de analizar el archivo del expediente que se inició con la denuncia del diputado Manes después del cruce que tuvo con Santiago Caputo en el Congreso el 1 de marzo, los jueces Irurzun y Boico entendieron que había una instancia que la jueza omitió, generando ello la nulidad de su fallo.

El 31 de marzo la magistrada archivó la causa al considerar que el enfrentamiento del diputado radical con Caputo se trató de una «disputa política» que excede el ámbito penal y que por eso no había delito.

Capuchetti explicó que la “indignación personal sobre la manera en que se desarrollan ciertos acontecimientos, particularmente aquellos que se exhiben en las instituciones públicas de gobierno, con publicidad y de cara a la opinión general, no implica necesaria y automáticamente que deba intervenir el derecho penal”.

Manes apeló el fallo y argumentó también que no se había dado respuesta a su pedido previo para ser tenido como parte querellante.

Frente a tales circunstancias, la Sala I de la Cámara Federal porteña, con un voto dividido, decidió no pronunciarse sobre el fondo, esto es: si corresponde que se archive la causa o no.

La causa, en consecuencia, regresó al juzgado a cargo de María Eugenia Capuchetti quien después de analizar lo que sostuvieron en su fallo los camaristas Roberto Boico y Martín Irurzun, aceptó a Facundo Manes como parte querellante.

En la resolución a la que accedió Clarín, la magistrada indicó: “Corresponde evaluar el pedido efectuado por el Diputado Nacional Facundo Manes para ser tenido como parte querellante. Al respecto, teniendo en cuenta que el legislador nacional habría sido el particular ofendido por el delito de acción pública denunciado”.

Ante ese considerando, Capuchetti explicó que el pedido formulado por la defensa de Manes que no había sido respondido, según explicitó la Cámara Federal porteña, “cumple con los requisitos” que se tienen en cuenta a la hora de aceptar a alguien como querellante.

Por ese motivo fue aceptado bajo ese rol el diputado radical, en el expediente que vuelve a tener como principal investigado a Santiago Caputo.

Los camaristas Boico e Irurzun habían pedido que previo a adentrarse en esa discusión, la jueza Capuchetti debía subsanar un error técnico. «Debe determinar antes si, como se pidió, quien promueve la continuación de la instrucción y la realización de cursos de acción determinados para profundizarla, tiene o no aptitud legal para ejercer las facultades que otorga la ley al particular damnificado».

La consecuencia inmediata fue declarar la «nulidad del archivo» y encomendar a la jueza que «se expida respecto de la constitución o no como querellante de Facundo Manes; en su caso, de la viabilidad de las medidas por él”.

Con este nuevo escenario, la defensa de Manes presentó ante el juzgado de Capuchetti una serie de medidas de prueba para profundizar la investigación y así, poder determinar si el accionar del asesor presidencial puede encuadrarse bajo una figura penal.

“Con el objeto de acreditar el carácter amenazante y coactivo de la conducta del Señor Santiago Caputo, solicito que se cite a prestar declaración testimonial a las siguientes personas: a) Diputados y Diputadas Nacionales Pablo Adrián Juliano, Marcela Coli, Melina Giorgi y Danya Tavella quienes se encontraban en el lugar y observaron los hechos”, dice el pedido de Facundo Manes.

Entre las testimoniales solicitadas, el diputado radical agregó a “Jazmín Bullorini, periodista del Diario Clarín, quien se encontraba a mi lado haciéndome un reportaje, cuando se produjo la incidencia en el pasillo del Congreso Nacional y Señor Marcos Giorgetti, periodista, quien también se encontraba cerca mío, y entiendo que grabó parte de los acontecimientos, hasta que el llamado Señor Franco Iván Jeremías Antunes Puchol impidió su continuidad”.

Además, la defensa de Manes a cargo de Andrés Gil Domínguez, requirió al juzgado que “con el objeto de acreditar la posición de poder que ocupa el Señor Santiago Caputo en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional con la capacidad suficiente para amenazar de forma coactiva, solicito que se cite a prestar declaración testimonial a las siguientes personas: Señor Presidente de la Nación Doctor Javier Milei para que preste testimonio respecto de las declaraciones públicas denunciadas como hecho nuevo”.

Bajo esa misma línea, se pidió que sean citados: el Jefe de Gabinete de Ministros Doctor Guillermo Francos para que preste testimonio respecto de las declaraciones públicas denunciadas como hecho nuevo, a la Secretaria General de la Presidencia Señora Karina Milei para que preste testimonio sobre la integración y funcionamiento del denominado “triángulo de hierro”.

Asimismo, se requirió que se oficie a la Jefatura de Gabinete de Ministros a efectos de que informe la situación laboral de Santiago Caputo en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional y “remita la pertinente documentación respaldatoria”.

Una vez que se obtuvo impulso fiscal, por parte del fiscal federal Ramiro González, y ante las sugerencias del acusador público, se sustanciaron una serie de medidas de pruebas.

A la hora de evaluar las actuaciones y determinar si revisten una acusación penal, la jueza federal María Eugenia Capuchetti en una resolución a la que accedió Clarín, explicó que la “indignación personal sobre la manera en que se desarrollan ciertos acontecimientos, particularmente aquellos que se exhiben en las instituciones públicas de gobierno, con publicidad y de cara a la opinión general, no implica necesaria y automáticamente que deba intervenir el derecho penal”.

En función de ese primer criterio, la magistrada indicó que si bien no debe soslayarse que el derecho penal, se configura como la “última instancia del ordenamiento jurídico, es decir, su intervención está reservada únicamente para aquellos casos en los que no existe otra vía efectiva para proteger los bienes jurídicos en juego”.

Con la decisión de aceptar como querellante a Facundo Manes, el caso continuará abierto para sustanciar las medidas sugeridas y finalmente, determinar si corresponde atribuir una acusación penal o no contra Santiago Caputo.

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